H. G. Wells: “History is a race between education and catastrophe”.

martes, 27 de marzo de 2012

3º CC.SS. - TEMA 12 - Denominaciones de origen andaluzas






Una Denominación de Origen Protegida (DOP) ampara productos agroalimentarios cuya calidad o características se deben básica o exclusivamente a factores humanos y/o naturales característicos de la zona geográfica en la que se han producido y elaborado, y que son designados con el nombre geográfico que se protege, de manera que la utilización del mismo sea exclusiva para los productos amparados por dicha DOP. Para poder estar reconocido por una mención de calidad de este tipo, es indispensable que tanto el proceso de producción de las materias primas, como la transformación y elaboración del alimento, tenga lugar en la zona geográfica delimitada de la DOP.